Mérida

Altabrisa: el alcalde no responde ni escucha

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* En 2013 le entregaron a Renán Barrera Concha los proyectos que Universidades y especialistas elaboraron para darle vida al Parque Central Altabrisa, el presupuesto de construcción y el programa de flujo financiero con aportación de los vecinos y del Ayuntamiento. El tiempo sigue pasando y el Alcalde no solo no respondió sino que hace caso omiso de la existencia de esos proyectos.

*Si tomáramos los valores catastrales como referencia económica para la permuta, el valor del terreno del Parque Central Altabrisa por metro cuadrado es de $4,760 pesos y el del particular es de $3,76 pesos

*A valores comerciales inmobiliarios, en caso de que en el predio se pretendan construir torres de departamentos, el valor sería 3 veces mayor, esto es $15,000 x metro cuadrado

*Se tienen contabilizados 670 arboles sanos en esta extensión que conforma una Selva Baja Bien Conservada con cobertura de copa mayor al 90% y la cual es un área Forestal y protegida por la SEMARNAT.

Carta de vecinos de Altabrisa

Dejando previamente en claro que los vecinos NO nos oponemos ni nos opondremos nunca a que se construya un gran parque en Altabrisa, siempre que se respeten las áreas verdes del Parque Central Altabrisa ubicado en el número 460 de la calle 19 x 20 y 22 y el Parque INAH, ubicado en el número 521 de la Calle 22-A x 21 de esta misma zona de la ciudad.

Aquí detallamos 9 Razones por las que nos oponemos al Proyecto denominado “Tho” en los términos que se ha presentado hasta el momento:

1. El valor catastral de los predios que se pretenden permutar y el valor comercial de los mismos es completamente dispar.

Por un lado solamente hablando del valor catastral del área de Propiedad Privada que se pretende permutar por el Parque Central Altabrisa tiene un valor 26% inferior por cada metro cuadrado en los libros del catastro de Mérida. Si tomáramos los valores catastrales como referencia económica para la permuta, el valor del terreno del Parque Central Altabrisa por metro cuadrado es de $4,760 pesos y el del particular es de $3,76 pesos, tal como se muestra en el cuadro de abajo.

A valores comerciales inmobiliarios, en caso de que en el predio se pretendan construir torres de departamentos, el valor sería 3 veces mayor, esto es $15,000 x metro cuadrado.

Pretender darle una ventaja indebida al propietario del predio privado dándole la posibilidad de cambiar metros cuadrados de su terreno por metros cuadrados de mucho mayor valor significa que el Alcalde de Mérida estaría beneficiando a ese particular con varios millones de pesos con solo hacer el cambio de terreno por cada metro cuadrado, y posteriormente un beneficio de muchísimos más millones de pesos con el consiguiente cambio de uso de suelo que le otorgaría.

Hacer lo anterior, podría resultar en un acto sancionable por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán, ya que directamente se está habilitando a un particular a gozar de los beneficios económicos resultantes de la diferencia de valores por m2 y otros beneficios económicos aún mayores por el solo cambio de uso de suelo que tendría que otorgar el privado.

 

 

Predio Superficie Valor Catastral Valor catastral por metro cuadrado
Parque Central Altabrisa 31,062 m2 $147,855,548 $4,760
Terreno Privado que se pretende permutar 23,034 m2 $86,726,660 $3,765
Diferencia entre predios 8,028 m2 $61,128,888 -26%

Es causa de responsabilidad el otorgamiento de beneficios económicos indebidos a intereses particulares en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Yucatán.

2. De acuerdo con la ubicación del predio privado que se pretende permutar, sabemos que el INAH no ha emitido un dictamen concluyente el cual confirme que estando este a menos de 25m de una de las estructuras de la Cultura Mayas, ubicadas en el definido como “Parque INAH”, no cuentan con vestigios arqueológicos ni en la superficie ni en el subsuelo.
3. El Reglamento para la preservación de Las zonas del patrimonio cultural del municipio de Mérida establece que deben existir Zonas de Amortiguamiento respecto de una Zona de Patrimonio Arqueológico e incluso con áreas que podrían considerarse Zona Núcleo de Protección Arqueológica ya que es muy probable que en el predio privado se encuentren vestigios arqueológicos en la superficie o en el subsuelo lo que significa deben ser protegidos por Ley y que desde origen impedirían ser objeto de la pretendida permuta.

El pretender hacer esa permuta sin que medie un estudio profundo de la zona y que descarte la existencia de vestigios arqueológicos en el terreno privado es una situación que pone en riesgo el patrimonio de la ciudad, ya que se cedería al particular un área que no cuenta con ese tipo de impedimentos y si la ciudad recibiría un área que si los tiene, sin embargo el valor del patrimonio de la ciudad ya habría sido afectado irremediablemente.

Desde luego como vecinos denunciaríamos ante las autoridades competentes esta situación para que se provea lo necesario para asegurar el resguardo del patrimonio arqueológico de la nación.

4. Es falso que el proyecto denominado “Tho” abarracaría un área mayor que los 2 Grandes Parques ya destinados para ello. El Parque INAH desde 2006 con una superficie de 50,733m2 y el Predio del Parque Central Altabrisa suman una superficie total de 81,795 m2 contra los 73,767 m2 de la pretendida suma de los predios Parque INAH y el predio privado, eso sin contar que tendrían que desbastarse más de 13 mil m2 de selva baja para construir las vialidades internas para el paso de vehículos alrededor de dicho polígono, resultando en un área de apenas 70 mil m2 contra que si la comparamos contra el área de 81 mil m2 actuales que ya son parte del patrimonio de la Ciudad significaría matar 14% de áreas verdes actuales con todos y su fauna y flora.

5. La Suprema Corte e Justicia de la Nación ya ha emitido fallos favorables a la protección de Áreas Verdes por ser de interés público y lo ha hecho en contra de decisiones tomadas por autoridades estatales y municipales en donde se violentaron los principios de prevalencia del interés público de las áreas verdes y su carácter de Inalienables e Imprescriptibles.

El Reglamento de la Ley Forestal de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable considera Vegetetación Forestal a: Toda aquellas formación de masas mayores a 1,500 m2 que por su composición estructura, tamaño y densidad constituyen asociaciones vegetales de Selvas Bajas

Más claro todavía en el artículo 75 fración IV de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano establece que “El uso aprovechamiento y custodia del espacio el espacio público se sujetera a los siguiente:

Fracción I. Prevalecerá el el interés General sobre el particular y que los bienes del dominio público estos son inalienables”

Fracción V, “Se procurará mantener el equiplibiro entre las áreas verdes y la construcción de la infraestrucutra, tomando como base de calculo las normas nacionales en la materia”.

Fracción VI, “Los espacios públicos originalmente destinados a la reacreación, el deporte y zonas verdes destinados a parques, jardines o zonas de esparcimiento no podrán ser destinados a otro uso”.

Aún que dentro de la competencia Municipal se hiciere un cambio de uso de suelo de Forestal a No Forestal sin autorización de la SEMANRNAT y sin previo estudio técnico Justificativo, constituiría una violación a la Ley Forestal que está tipificada como delito ambiental cometido por quien sea el responsable de dicha acción, imponiendo además de las penas establecidas en la Ley Federal de Deletos Ambientales y que además de acuerdo a los cambios recientes en la Ley, dicho predio quedaría inhabilitado para cualquier desarrollo y en veda permante por al menos 20 Años.

No omitimos manifestar que en caso de continuar con la intención de cambiar el destino original del área verde constituye una violación a las leyes que nos moverán a denunciar también ante las autoridades competentes estos delitos y en su momento llevar el caso a los tribunales.

6. Nuestro interés jurídico como vecinos de esta zona está plenamente acreditado desde el mismo momento que adquirimos viviendas en esta zona a los desarroladores inmobiliarios que nos ofrecieron en su tiempo que a cambio de la no existencia de áreas verdes suficientes dentro de las privadas, esto se compensaría y justificaría con la la existencia de una gran área verde central alrededor de las mismas privadas que en su momento llamaron “Parque Líneal” y que poco a poco ha sido donada o destinado para el HRAE, la planta de la JAPAY y la Arquidiocesis de Mérida. El Parque Central Altabrisa es la última área que queda de esa “Areal líneal” y que nos fue prometido.

Además de que en el Plan Parcial de Desarrollo del Sub Centro Urbano Altabrisa se estableció claramente que: “Las áreas verdes no se otorgarán para usos o beneficios particulares ya que su disfrute es para el bien común y de interés público, por lo que tienen el carácter de inalienables e imprescriptibles”

Dicho interés público y el propio interés jurídico los haremos valer ante las instancias que correspondan según cada una de las acciones que tome el Presidente Municipal de Mérida.

7. El costo de hacer el Parque Central Altabrisa, con los Senderos e Iluminación es muchísimo menor que el costo de construir el Proyecto “Tho” con un presupuesto anunciado de aproximadamente 60 MDP. Sin embargo, hacer lo que los vecinos de Altabrisa plantearon y siguen planteando después de 15 años no costaría más de 3 MDP. Construir senderos, accesos e iluminación en el Parque Central Altabrisa es lo único que los vecinos pedimos y siempre hemos manifestado nuestra disposición a incluso hacerlo de forma colaborativa con el Ayuntamiento poniendo incluso la mitad de ese costo.

En el año 2013 le fueron entregados al Presidente Municipal de Mérida durante su primer período como Alcalde los proyectos que distintas Universidades y especialistas de la Ciudad elaboraron para darle vida al Parque Central Altabrisa e incluso se le entregó en su momento el presupuesto de construcción y el programa de flujo financiero con aportación de los vecinos y del Ayuntamiento para poderlo construir. El tiempo sigue pasando y el Alcalde no solo no respondió sino que hace caso omiso de la existencia de esos proyectos.

8. En el Parque Central Altabrisa existen árboles y especies naturales y es hogar de algunas aves en peligro de extinción, tenemos Gavilanes, Halcones, Lechuzas, Pájaros Tho, Búhos, Cardenales. Así también hay una cantidad no determinada de Ardillas, Conejos, Zorritos, Liebres, Zarigüeyas, y Familias de Iguanas.

Entre las especies vegetales hemos contado Huaxim, Jabin, Katsin, Chakaá, Chukum, Dzizilché, Kitinché, Brumelias (en peligro de extinción) y Helechos

A partir de un censo se tienen contabilizados 670 arboles sanos en esta extensión que conforma una Selva Baja Bien Conservada con cobertura de copa mayor al 90% y la cual es un área Forestal y protegida por la SEMARNAT.

La afectación de vegetación forestal sin autorización de la SEMARNAT constituye un delito ambiental y dichos delitos están catalogados como Delitos Graves.

Esta área verde que tenemos en el centro de Altabrisa es Justamente lo que neceista la ciudad. Áreas con más árboles. Tirar árboles para dar paso a desarrollos inmobiliarios o de uso comercial es un atentado contra los derechos ambientales de los ciudadanos.

9. Desde mediados del año 2022, como vecinos le hemos presentado al Alcalde de Mérida solicitando ser escuchados por él e incluso se le hizo una invitación pública a dialogar con los vecinos de manera directa y respetuosa, misma que el Alcalde ha desatendido a pesar de que ofreció públicamente por medio de un boletín de prensa estar dispuesto a hacerlo.

Hoy contamos con más de 2,700 firmas que seguimos recabando para pedirle al Alcalde que frene la permuta del Parque Central Altabrisa y cada vez más vecinos y ciudadanos se suman a esta petición.

10. El Parque Central Altabrisa es un espacio vivo, no solo lleno de vida, es el centro de nuestra vida cotidiana, lo hemos mantenido limpio por años, lo hemos defendido de anteriores intentos de venderlo, hemos hecho actividades comunitarias para promoverlo, es un pulmón no solo para Altabrisa sino para toda zona nor-oriente de la ciudad de Mérida, es el hogar de casi 700 árboles algunos cuyas especies están en peligro de extinción, es el refugio de fauna silvestre.

El Alcalde debe escuchar a sus ciudadanos saber lo que les preocupa y lo que les duele y proteger sus derechos, no pisotearlos y pasar por encima de ellos a pesar de las justificaciones que se pudieran construir con campañas mediáticas y con los recursos de los cuales dispone.

El hecho de que siendo tan poderoso utilice indebidamente ese poder para atentar contra los ciudadanos, contra las áreas vedes, contra la fauna y la flora que aquí se encuentran mostraría al resto de la ciudad que tipo de persona es el Presidente Municipal de Mérida.

Los vecinos de Altabrisa y La Asociación de Vecinos de Altabrisa AC queremos hablar directamente con el Alcalde y hacerle saber todos estos puntos que nos ocupan.

Muchos, vivimos en esta zona desde su inicio, queremos construir junto con nuestras autoridades algo mejor para nuestros hijos y para las generaciones futuras, algo de lo que todos los Meridanos nos podamos sentir orgullosos y que preserve el derecho a un ambiente sano para todos.

Ojalá podamos como vecinos sentarnos a dialogar con el Alcalde de Mérida y entre todos reflexionar y recapacitar acerca del futuro y el legado que queremos dejar. Estamos los vecinos en la disposición de dialogar directamente con el Alcalde Mérida Renán Barrera Concha en el día, hora y lugar que él disponga para platicar juntos y en armonía como darle un mejor futuro a Mérida.

ASOCIACIÓN DE VECINOS DE ALTABRISA A.C.

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